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Constitución de Sociedades

Te contamos qué implica constituir una sociedad, qué tipo societario te conviene, y cómo te acompañamos en el proceso, independientemente de dónde se radique la sociedad (CABA, Provincia de Buenos Aires u otras provincias).

Para empezar

¿Qué implica constituir una sociedad?

Cuando operás como Monotributista o Responsable Inscripto, vos y tu actividad son la misma persona ante la ley: respondés con tu patrimonio personal por las deudas del negocio. Constituir una sociedad crea una persona jurídica distinta, con su propio CUIT y su propio patrimonio, que en la mayoría de los casos limita tu responsabilidad al capital que aportaste.

No es solo una cuestión de forma. Tener una sociedad ordena la relación entre socios, facilita sumar inversores o repartir el negocio entre familiares, y suele dar una imagen de mayor solidez ante bancos, proveedores y clientes corporativos. También te habilita a facturar y operar bajo condiciones que el régimen de persona física no contempla, como ciertas licitaciones o líneas de crédito.

Tiene su contrapartida: más obligaciones formales (libros, balances, declaraciones juradas societarias), costos de mantenimiento que no existen para un Monotributista, y un mayor nivel de análisis fiscal. Por eso conviene dar el paso cuando la actividad ya lo justifica —por facturación, por riesgo del negocio, por necesidad de sumar socios o por planificación patrimonial— y no como un trámite aislado.

Cuál elegir

Los tres tipos societarios más utilizados

En la práctica, casi todas las PyMEs y emprendimientos eligen entre estas tres figuras. Cada una tiene su lugar según el tamaño del proyecto, la cantidad de socios y el nivel de formalidad que se necesita.

Comparación general

SAS SRL SA
Socios Desde 1 socio (puede ser unipersonal) Mínimo 2 socios (máximo 50) Mínimo 2 accionistas
Capital mínimo 2 SMVM (≈ $753.000 a agosto 2026) Sin mínimo legal fijo — debe ser "adecuado al objeto social" $30.000.000 (Decreto 209/2024)
Responsabilidad Limitada al capital aportado Limitada al capital aportado Limitada al capital aportado
Constitución Instrumento público o privado, trámite 100% digital Instrumento público o privado con firmas certificadas por escribano Escritura pública obligatoria
Tiempo estimado La más rápida: días en CABA; en PBA puede demorar más según el organismo Semanas a un par de meses La más extensa, por mayor exigencia documental
Administración Uno o más administradores, que pueden ser los propios socios. Régimen flexible, definido en el instrumento constitutivo. Gerencia: uno o más gerentes, socios o terceros, designados por los socios Directorio
Fiscalización No exige síndico obligatorio Optativa, salvo que se superen ciertos umbrales de capital Síndico o consejo de vigilancia — obligatorio en las sociedades comprendidas en el art. 299 de la Ley 19.550
Transferencia de participaciones Libre, salvo que el instrumento fije restricciones — pensada para facilitar la entrada y salida de inversores Cesión de cuotas sujeta al consentimiento de los demás socios y a su registración Acciones de libre negociación, aunque el estatuto puede fijar restricciones
Costo final aproximado $700.000 $1.200.000 $1.800.000

La SAS suele ser la opción más ágil y económica para emprendedores y proyectos que están arrancando. La SRL es la más elegida entre socios que ya se conocen y buscan una estructura estable sin la formalidad de una SA. La SA se reserva para proyectos de mayor envergadura, con varios inversores, o cuando el objeto de la actividad la requiere específicamente. Capital mínimo de SAS calculado sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a agosto de 2026 ($376.600); se actualiza junto con el SMVM. El capital mínimo de la SA fue fijado por el Decreto 209/2024 y no tiene actualización automática — puede volver a ajustarse. Reglas de administración, fiscalización y transferencia según la Ley 19.550 (Ley General de Sociedades) y la Ley 27.349 (SAS); el instrumento constitutivo puede ajustar varios de estos puntos según cada proyecto.
Los valores de "Costo final aproximado" son de referencia por nuestro trabajo de asesoramiento, redacción y trámite. No incluyen aranceles de escribano, tasas de IGJ/DPPJ ni publicación en el Boletín Oficial, que se cotizan aparte según cada caso.

Cómo trabajamos

Así te acompañamos en el proceso

Te acompañamos en cada etapa del proceso, desde la primera reunión hasta que tu sociedad queda constituida y en condiciones de operar, sin importar en qué jurisdicción se radique.

1

Diagnóstico y elección del tipo societario

Analizamos tu actividad, tus socios, tu horizonte de crecimiento y tu situación patrimonial para recomendarte entre SAS, SRL o SA — u otra figura, si el caso lo amerita.

2

Redacción del instrumento constitutivo

Preparamos el estatuto o contrato social, definimos objeto, capital y administración, y coordinamos con el escribano cuando el tipo societario lo requiere.

3

Inscripción ante el organismo de contralor

Presentamos el expediente ante IGJ o DPPJ según tu domicilio legal, y hacemos el seguimiento hasta obtener la inscripción definitiva.

4

Constitución del CUIT

Tramitamos el CUIT de la sociedad ante ARCA, dejándola en condiciones de iniciar las inscripciones impositivas que correspondan.

5

Puesta en marcha

Te dejamos todo listo para dar los últimos pasos: te entregamos la plancheta para la apertura de la cuenta bancaria y te asesoramos en la organización contable inicial, para que arranques con el pie derecho.

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre Constitución de Sociedades

¿Cuál es la diferencia principal entre SAS, SRL y SA?
Las tres limitan tu responsabilidad al capital aportado. La SAS es la más rápida y económica, ideal para arrancar; la SRL es la más elegida entre socios que ya se conocen; la SA se reserva para proyectos de mayor envergadura o cuando el objeto de la actividad la requiere.
¿Puedo constituir una sociedad unipersonal?
Sí, con una SAS: es el único de los tres tipos que permite un solo socio desde el inicio.
¿Cuánto tarda el trámite de constitución?
Depende del tipo societario: la SAS es la más rápida (días en CABA, algo más en PBA según el organismo), la SRL puede llevar semanas a un par de meses, y la SA es la más extensa por su mayor exigencia documental.
¿Constituyen sociedades tanto en CABA como en la Provincia de Buenos Aires?
Sí. Te acompañamos independientemente de si la sociedad se inscribe ante IGJ (CABA) o DPPJ (Provincia de Buenos Aires), y también atendemos a clientes de otras provincias de forma remota.
Próximo paso

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